Atención Temprana es un servicio concertado por la Junta de Extremadura. Consejería de Sanidad y Servicios Sociales. SEPAD. Está regulada por el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura ( MADEX ) según Decreto 151/2006 y se define como “el conjunto de intervenciones, dirigidas a la población infantil de 0-6 años, a la familia
Atención Temprana es un servicio concertado por la Junta de Extremadura. Consejería de Sanidad y Servicios Sociales. SEPAD. Está regulada por el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura ( MADEX ) según Decreto 151/2006 y se define como “el conjunto de intervenciones, dirigidas a la población infantil de 0-6 años, a la familia y al entorno, que tienen por objetivo dar respuesta lo más pronto posible a las necesidades transitorias o permanentes que presentan los niños/as con trastornos en su desarrollo o que tienen riesgo de padecerlos». Estas intervenciones, que deben considerar la globalidad del niño/a, han de ser planificadas por un equipo de profesionales de orientación interdisciplinar o trasdiciplinar. Serán usuarios del servicio de atención temprana los niños/as de 0 a 6 años a los que se les detecte algún tipo de discapacidad o riesgo de presentar una deficiencia motriz y/o sensorial y/o cognitiva, distinguiéndose dos grupos de población objeto de intervención: niños/as en situación de mayor riesgo biológico y niños/as con retrasos o discapacidades de desarrollo establecidas.
Actualmente Aprosuba-7 dispone de 64 plazas concertadas con la Consejería de Salud y Política Sociosanitaria.
OBJETIVOS:
– Facilitar la implicación de la familia en todo proceso de intervención, promover la cooperación de los padres, alentar la participación activa y apoyar el bienestar.
– Reducir los efectos de una deficiencia o déficit sobre el conjunto global del desarrollo del niño/a.
– Optimizar, en la medida de lo posible, el curso del desarrollo del niño/a.
– Introducir los mecanismos necesarios de compensación, de eliminación de barreras y de adaptaciones a necesidades específicas.
– Evitar o reducir la aparición de efectos o déficit secundarios o asociados producidos por un trastorno o situación de alto riesgo.
– Atender y cubrir las necesidades y demandas de las familias y el entorno en el que vive el niño/a.
– Considerar al niño/a como un sujeto activo de la intervención
USUARIOS.
Serán usuarios del servicio de Atención Temprana los niños/as de 0 a 6 años a los que se les detecte algún tipo de discapacidad o riesgo de presentar una deficiencia motriz y/o sensorial y/o cognitiva, distinguiéndose dos grupos de población objeto de intervención:
– Niños/as en situación de mayor riesgo biológico.
– Niños/as con retrasos o discapacidades de desarrollo establecidas.
PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
El servicio de Atención Temprana se prestará en jornada de mañana y/o tarde durante todo el año, ateniéndose a la normativa laboral vigente en nuestra Comunidad en cuanto horarios, festivos y periodos vacacionales.
Los niños escolarizados reciben el tratamiento fuera del horario escolar.
Con carácter general, el número de sesiones para llevar a cabo un tratamiento óptimo para el desarrollo del niño/a es de tres sesiones semanales, con una duración de 30 minutos cada una.
Las sesiones como criterio general deben ser individualizadas y con atención global. Los padres podrán estar presentes siempre que sea posible, participando en la sesión.